En este video César Delgado-Guembes explica la obligación que tiene el gabinete en el régimen político peruano, de concurrir al Congreso, tanto para exponer la política general de gobierno como los actos del poder ejecutivo durante el interregno, después de la instalación del Congreso luego de la disolución que dispuso el Presidente de la República.
En este video Delgado-Guembes también explica porque en la concurrencia del gabinete, primero se debe exponer y debatir la política general del gobierno, y sólo luego de concluida ésta corresponde exponer los actos del poder ejecutivo durante el interregno parlamentario.
Se sustenta, por lo tanto, que los dos artículos constitucionales, el 130 y el 135, son indisponibles y exigibles, y que el marco lógico de la política general de gobierno es la que permite la explicación de los actos durante el interregno como parte de dicha política.