A propósito del pedido de confianza que debe solicitar el gabinete Castillo en la sesión del 26 de agosto de 2021, July Guevara, de Canal 7, RTV, entrevistó a César Delgado-Guembes el lunes 16 de agosto, sobre la naturaleza de la abstención como voto parlamentario, y el efecto que tiene la abstención mayoritaria en el proceso de debate y votación de la cuestión de confianza que presenta el gabinete luego de la presentación del programa general de gobierno.
En su explicación Delgado-Guembes sostiene que el voto mayoritario a favor de la abstención tiene como efecto que el Congreso toma la decisión de no decidir, y por lo tanto ocurre como efecto, primero, la expectativa de lo que pueda hacer el gobierno sin otorgarle ni rehusarle la confianza de la representación nacional, y en segundo lugar, que se mantiene el mismo estatus que tenía la situación del gobierno desde que inicia el desempeño de sus funciones.
Por lo tanto, el voto mayoritario por la abstención no afecta constitucionalmente la validez de los actos del gabinete y de cada uno de los ministros y, en consecuencia, todos los actos que sigan produciéndose luego de la exposición del programa de gobierno seguirán surtiendo los mismos efectos que surtieron entre la juramentación del gabinete y su presentación ante el Congreso.
La posibilidad de que se califique un supuesto como este como una “denegación fáctica” no sólo sería inconstitucional, sino que negaría la competencia del Congreso como titular de la potestad de otorgar o de negar la confianza al gabinete.
La confianza al gabinete la concede o la rehúsa únicamente el gabinete. No se presume. Es un acto deliberado y expreso que lo toma el Pleno a partir de la consulta que realiza el Presidente del Congreso, cuyo resultado es anunciado al final de la votación y posteriormente comunicado también de manera expresa y por escrito por el Presidente del Congreso al Presidente de la República y al Presidente del Consejo de Ministros.