El experto César Delgado Guembes explica las diferencias procedimentales entre la censura y la vacancia aplicadas a quien ocupa la Presidencia de la República por sucesión parlamentaria. Detalla que la censura se aplica por faltas en funciones de la mesa directiva y requiere mayoría simple [07:52], mientras que la vacancia responde a una incapacidad moral permanente en el ejercicio de la presidencia y exige dos tercios del número legal de votos [09:13]. Asimismo, aborda los plazos de convocatoria para una legislatura extraordinaria según el artículo 50 del Reglamento del Congreso [00:54].