HomePublicacionesArtículos especializadosLímite a la discrecionalidad del Consejo Directivo en el Congreso peruano

Descripción:

En este estudio César Delgado-Guembes presenta sus reflexiones sobre los alcances y límites de la capacidad de coordinación que el Reglamento del Congreso concede al Consejo Directivo. El Consejo Directivo es un órgano auxiliar del Pleno, y en este supuesto es que tiene la potestad de desempeñar tal capacidad coordinadora, en particular si el Pleno cuenta con competencias reservadas a su decisión.



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Escrito por

cdelgadoguembes@gmail.com

Investigo y enseño sobre la gestión representativa y los procesos de la institución parlamentaria, a partir de mi vínculo profesional con el Congreso peruano desde el año 1980. He organizado los primer y segundo congresos internacionales de derecho parlamentario, que tuvieron lugar en Lima, los años 2005 y 2012, con presencia de expertos nacionales, españoles, italiano, francés y alemán. He publicado varios libros de estudios sobre las instituciones y los procesos parlamentarios. También he publicado en revistas especializadas con artículos puntuales sobre problemas de carácter parlamentario. Adicionalmente he realizado publicaciones también sobre temas culturales, de género y de música.